Nueva iniciativa
legislativa sugiere que –en un plazo no menor de 15 días luego de emitir su
decisión– las autoridades encargadas de los procesos pongan la copia de sus
resoluciones a disposición de la ciudadanía a través de una plataforma
informática. Proyecto también incluye a magistrados del Ministerio Público .
Cuando un juez o fiscal
se ordene absolver, archivar o desistir en las indagaciones de casos
relacionados a Tráfico Ilícito de Drogas (TID), lavado de activos y
criminalidad organizada, sus resoluciones deberán publicarse digitalmente para
acceso de todos los ciudadanos. No cumplir con esta disposición sería
considerado una falta sancionable.
Así lo propone el
Proyecto de Ley Nº 5247/2015-CR, donde se especifica que –en un plazo no menor
de 15 días luego de emitir su decisión– las autoridades encargadas de los
procesos deberán enviar la copia de sus resoluciones, autos y/o sentencias
(impugnables, consentidas o ejecutoriadas) al inmediato Superior Jerárquico
para su posterior difusión.
De otro lado, la
iniciativa sugiere que tanto la Corte Suprema de Justicia como la Fiscalía de
la Nación deberán programar temporadas de acopio y sistematización digitalizada
de las resoluciones a fin de ponerlas al alcance de abogados litigantes,
universidades, órganos de control y la ciudadanía en general.
Para ello, la gerencia
de ambas instituciones deberá implementar, junto a otros órganos de gobierno,
la plataforma informática que permita la recopilación y publicación de las
mencionadas sentencias en sus respectivas páginas web.
La iniciativa fue
presentada por los integrantes de la Comisión Especial Multipartidaria
encargada de investigar la influencia del Narcotráfico en la Política (llamada
también Comisión de Narcopolítica). Casi en paralelo, el mismo grupo de trabajo
presentó el Proyecto de Ley Nº 5213/2015-CR, que plantea publicar en el diario
oficial El Peruano todas las resoluciones absolutorias que favorezcan a
presuntos implicados en los delitos ya referidos al inicio.


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